OBSERBATORIO del derecho a la alimentiación adecuada con desarrollo económico
 
 

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La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) y el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) lanzaron hoy una guía multimedia para estimar periódicamente la pobreza de la niñez en la región.

 

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Se debe priorizar la producción

 

No queda la menor duda que los avances en el campo social en Bolivia son significativos y reflejan el resultado de una continuidad de políticas iniciadas hace un par de décadas. Esto, además, ha redundado en una constante mejora del índice de desarrollo humano (IDH). Pero los indicadores que no avanzan de la misma manera son los referidos a aumentos en los niveles de salarios reales, generación de empleos productivos y de trabajo digno.

 
 

Nuestra opinión

PRONUNCIAMIENTO
EN DEFENSA DEL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN

La Paz, 21 de Septiembre de 2011

La Asociación de Instituciones de Promoción y Educación (AIPE) es una red de ONG que, hace más de 20 años, trabaja defendiendo el Derecho Humano a la Alimentación Adecuada, la Seguridad y Soberanía Alimentaria, y en esta virtud SE PRONUNCIA en torno a la situación preocupante que deviene de la construcción del tramo carretero a través de la TCO del TIPNIS.

En primer término se permite recordar que los derechos reconocidos por nuestra Constitución son inviolables, universales, interdependientes, indivisibles y progresivos, y que el Estado tiene el deber de promoverlos, protegerlos y respetarlos. La clasificación de estos derechos no determina jerarquía alguna ni superioridad de unos derechos sobre otros. (Art. 13 C.P.E.), y que también se consagra que “Toda persona tiene derecho al agua y a la alimentación”. (Art. 16 C.P.E.)

En ese sentido, la AIPE considera que es de vital importancia la reflexión entre el Estado y la sociedad civil bolivianos para analizar y responder ¿Cómo la construcción del segundo tramo de la vía interdepartamental Villa Tunari- San Ignacio de Moxos influirá en la capacidad de acceder a los medios de producción y consumo de alimentos en los pueblos indígenas moxeño, yuracaré y chimán?

1.    Si se considera que la tierra y el agua son esenciales para la producción de alimentos. Si se daña el sistema hidrológico del parque, se amenazaría la pesca y la agricultura; actividades de subsistencia de las comunidades. Esto conllevaría al incumplimiento de la obligación del Estado de PROMOVER, RESPETAR Y DEFENDER los derechos del pueblo boliviano, principalmente el derecho a la alimentación, dando lugar a la interferencia de su ejercicio en los territorios indígenas Chimán, Moxeño y Yuracaré.

2.    Asimismo, la construcción del segundo tramo de esta vía interdepartamental, vulnera el derecho de la MADRE TIERRA y se rompe el equilibrio entre las fuerzas de la naturaleza y la comunidad, de esta manera, se afecta la capacidad de los pueblos indígenas de producir sus propios alimentos, impidiendo que la vida se abra paso al agua, al clima y al suelo. La compenetración ritual entre el ser humano y su entorno se plasma en el trabajo, en la producción, en el acceso y en el consumo, por lo tanto, se dejaría de responder a los principios ético morales de la sociedad plural: suma qamaña (vivir bien), ñandereko (vida armoniosa), teko kavi (vida buena), ivi maraei (tierra sin mal) y qhapaj ñan (camino o vida noble), consagrados en nuestra Constitución Política del Estado.

3.    De la misma manera, la obstrucción del suministro de agua, alimentos y medicinas a las y los indígenas que se encuentran marchando hacia la Sede de Gobierno, atenta de manera fatal, no sólo a su bienestar sino a su supervivencia, especialmente de las niñas, niños, personas mayores y mujeres gestantes que se encuentran en esa situación, siendo deber del Estado Nacional velar por sus más elementales derechos.

La red AIPE, apoya la lucha de los hermanos y las hermanas indígenas, y DEMANDA a las autoridades del Gobierno Nacional el cumplimiento de la Constitución, de las Leyes del Estado Plurinacional y de los compromisos internacionales de Derechos Humanos. Específicamente el derecho a la vida y a una alimentación adecuada de los pueblos indígenas que habitan en el Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure.

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